La Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó el 24 de enero Día Internacional de la Educación, en celebración del papel que la educación desempeña en la paz y el desarrollo.
El derecho a la educación también aparece recogida en la Declaración Universal de Derechos Humanos en el artículo 26, en el que se desarrollan los siguientes puntos:
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Este último punto cobra un especial significado en una época en que son los políticos quienes defienden su derecho a monopolizar la educación de nuestros hijos, incluso defendiendo que los padres no tienen derecho a ser informados de las actividades complementarias que reciben en las clases, declarándolo incluso absurdo e ilegal. Que cada uno saque sus conclusiones en uno u otro sentido, que para eso está el sentido común y el libre albedrío.
Y aunque la educación que los niños reciben en clase, no nos podemos resistir a recordar aquella vieja canción, que decía tantas cosas, alrededor de la figura del Maestro.
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